Las amortizaciones son un tipo de gasto relacionado con la depreciación efectiva de los activos debido a su utilización, disfrute, uso u obsolescencia tecnológica. Es decir, cuando adquirimos un activo (un vehículo por ejemplo), el valor de compra de ese activo no es un gasto, sino que es una inversión, y el gasto nos lo iremos dando a medida que utilicemos el activo. Como así explicamos en nuestro post de arrendamiento financiero.

La razón de esto es sencilla. Cuando adquirimos el activo, aunque desembolsemos su precio (por ejemplo 10.000 euros), no estamos teniendo ninguna pérdida ni gasto, sino que simplemente invertimos ese dinero (10.000 euros) y recibimos a cambio un activo (yo antes tenía 10.000 euros y ahora tengo un activo que vale 10.000 euros). Es en el momento en el que comenzamos a utilizar el activo, cuando esto nos supone un coste, ya que el elemento, con el paso del tiempo y con el uso va perdiendo valor, (ejemplo, las ruedas de un coche por el uso, se van desgastando).

Contablemente ese gasto se determina, con carácter general, en función de la vida útil del activo, que es el tiempo que la empresa estima, va a utilizar el activo, es decir, es determinado por el propio contable de la empresa.

Sin embargo fiscalmente, la administración no permite libremente que las empresas se den el gasto fiscal que quieran, ya que ello implicaría, en la mayoría de los casos, pagar menos impuestos, debido a que las empresas tratarían de darse el mayor gasto fiscal posible para así aparentar, tener menos beneficio fiscal (base imponible) y pagar menos impuestos.

Es decir, que mientras la amortización contable se determina libremente por la propia empresa, la amortización fiscal está regulada por la LIS, que establece unas cuantías máximas.

A continuación se analizaran los 3 métodos de determinación de la amortización fiscal:

MÉTODO LINEAL
Mediante el método lineal, amortizaremos los activos en función de los coeficientes y el periodo que establece el artículo 12 de la LIS.

AMORTIZACIÓN DE VEHICULO
COSTE DE ADQUISICIÓN DE 100.000 €
FECHA DE ADQUISICIÓN: 1 DE ENERO DE 2015
PORCENTAJE MÁXIMO DE AMORTIZACIÓN: 16 %
PERÍODO MÁXIMO DE 14 AÑOS.
PORCENTAJE. MIN. DE AMORT: 100/14 AÑOS: 7,14%

SUPUESTO PRÁCTICO
PERÍODO DOT. AMORT. AMORT. ACUM. VNC
2015 100.000 x 16%= 16.000 16.000 100.000-16.000= 84.000
2016 16.000 32.000 68.000
2017 16.000 48.000 52.000
2018 16.000 64.000 36.000
2019 16.000 80.000 20.000
2020 16.000 96.000 4.000
2021 4.000 100.000 0
MÉTODO DEL % CONSTANTE
No se puede aplicar a los edificios, ni mobiliario ni a los enseres.
El porcentaje constante no podrá ser inferior al 11 por ciento.
PORCENTAJE CONSTANTEAmortización en el menor tiempo posible 100/16%= 6,25 AÑOS
El coeficiente constante sería 16 % X 2 = 32 %
PERÍODO DOT. AMORT. AMORT. ACUM. VNC
2015 100.000x32%=32.000 32.000 100.000-32.000=68.000
2016 68.000x32%= 1.760 53.760 68.000-21.760=46.240
2017 46.240x32%=14.797 68.557 46.240–14.797=31.443
2018 31.443x32%=10.062 78.619 31.443-10.062=21.381
2019 21.381x32%=6.842 85.461 21.381-6.842=14.539
2020 14.539x32%=4.653 90.114 14.539-4.653=9.886
2021 9.886 100.000 0
MÉTODO DE NÚMEROS DÍGITOS
No se puede aplicar a los edificios, ni al mobiliario.
NUMEROS DÍGITOSAmortización en el menor tiempo posible : 100/16%= 6
6+5+4+3+2+1= 21
Cuota por dígito: 100.000/21= 4.761,9
PERÍODO CUOTA POR DÍGITO Nº DÍGITO DOT. AMORT. VNC
2015 4.761,90 6 28.571,4 71.428,60
2016 4.761,90 5 23.809,5 47.619,1
2017 4.761,90 4 19.047,6 28.571,50
2018 4.761,90 3 14.285,7 14.285,80
2019 4.761,90 2 9.523,8 4.762
2020 4.761,90 1 4.762 0,00

En Sofiscal, contamos con grandes especialistas que estudian minuciosamente cada caso en la totalidad de la gestión tanto individual como empresarial. Contamos con un departamento fiscal encargado en tramitar todo tipo de modelos o liquidaciones con Hacienda  Presentación de impuestos. Si usted, necesita asesoramiento a la hora de presentar sus impuestos póngase en Contacto con nosotros.